HONORARIOS-REGULACION DE HONORARIOS:CARACTER-PATROCINANTE-APODERADO
Texto
En nuestro régimen arancelario para abogados y procuradores o representantes, no está contemplada la regulación en el doble carácter de patrocinante y apoderado, tal como ocurre en otros regímenes, v.gr. el nacional. Por tanto no corresponde realizar la regulación de ese modo, aun cuando la recurrente actuó, aunque apoderada, en soledad.
Fuente : SAIJ
CAMARA DE APELACIONES CIVIL, COMERCIAL, MINAS PAZ Y TRIBUTARIO. MENDOZA, MENDOZA. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Gianella - Furlotti - Marsala)
Lobos, Ceferino Luis c/ Bazan, H. Ricardo s/ daños y perjuicios p/ejecución de sentencia
SENTENCIA del 6 de Julio de 2012